Contraloría de Chile visa nueva normativa que obliga a las aerolíneas a informar identidad de los pasajeros

La información de la identidad que las aerolíneas deberán hacer a los organismos públicos busca fortalecer la seguridad en Chile.
Pasajero en la terminal 1 del aeropuerto de Santiago
Fotografía: Ricardo J. Delpiano

La Contraloría General de la República de Chile tomó razón del decreto que promulga la Ley N°21.792 que establece la obligación a las aerolíneas de informar la identidad de sus pasajeros. La iniciativa que busca “fortalecer la seguridad nacional y la lucha contra la delincuencia” en medio de la situación que enfrenta el país.

De acuerdo con lo señalado por las autoridades, la medida tiene como objetivo fortalecer las capacidades del Estado para detectar y detener personas consideradas peligrosas. Además, busca prevenir la evasión de la justicia y mejorar la cooperación internacional en materias de seguridad y persecución penal. Para los legisladores este es un punto que reviste importancia en un contexto de creciente preocupación por el uso de los aeropuertos como rutas de escape de organizaciones criminales.

Desde el Gobierno de Chile se ha enfatizado que esta normativa viene a reforzar obligaciones que ya existían para las aerolíneas, como la entrega de listados de la identidad de pasajeros que ingresan o salen del país. A ello se suma la exigencia de verificar la documentación de los viajeros al momento del embarque. Esto último, con el fin de evitar irregularidades migratorias -ante la crisis que vive el país- y de identidad.

Lo que establece la nueva normativa

El texto legal señala expresamente que las aerolíneas deberán entregar esta información “sin perjuicio de la obligación permanente de informar, a requerimiento del Ministerio Público, las policías o el Ministerio de Seguridad Pública, sobre los pasajeros que transportan, transportarán o hayan transportado”.

Las aerolíneas, una vez finalizado el embarque, deberán remitir a los organismos competentes la identidad de los pasajeros a la Policía de Investigaciones (PDI), Carabineros de Chile y al Ministerio Público. Cada una de estas instituciones recibirán la información anticipada de pasajeros (API, Advance Passenger Information), junto con el registro de nombres de pasajeros (PNR, Passenger Name Record). También se podrán aportar otros antecedentes relevantes, como identificación, lugar de embarque y destino.

La entrada en vigor de esta ley vuelve a poner en el centro del debate la responsabilidad de las aerolíneas en materia de seguridad. También pone en relevancia eventuales impactos operacionales y legales que implicará el cumplimiento estricto de estas nuevas exigencias regulatorias.

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