Avanza proyecto que obliga a las aerolíneas a informar de la identidad de los pasajeros

De aprobarse, las aerolíneas deberían informar a la identidad de los pasajeros al momento de finalizar el embarque. El proyecto está ahora en segundo trámite.
Pasajeros embarcando en el aeropuerto de Santiago
Fotografía: Ricardo J. Delpiano

Ante la crisis de seguridad que enfrenta Chile, la sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley que modifica el Código Aeronáutico al exigir a las empresas aéreas (aerolíneas) informar la identidad de los pasajeros ante las autoridades policiales. El proyecto se aprobó con 133 votos a favor y cuatro abstenciones pasando a segundo trámite legislativo.

El objetivo del proyecto de Ley propuesto por los diputados Carlos Bianchi, Felipe Camaño, Cosme Mellado, Jaime Mulet, Emilia Nuyado y Jaime Sáez busca fortalecer la seguridad y combatir la delincuencia transnacional. Lo que se busca es que las aerolíneas informen la identidad de los pasajeros de manera preventiva.

Actualmente, el Código Aeronáutico no contempla mecanismo de control preventivo de los pasajeros. Por lo tanto, se espera detectar y detener a individuos peligrosos, prevenir la evasión de la justicia y facilitar la cooperación internacional en la materia.

El objetivo busca llenar vacíos legales en la regulación actual (Ley 21.610) y proteger datos personales, garantizando la seguridad y justicia en Chile. Se suma el que las autoridades tengan acceso a información precisa, sobre pasajeros antes de su embarque.

Los parlamentarios resaltan que las aerolíneas al facilitar la identidad de los pasajeros se elevan los niveles de seguridad con medidas preventivas. Argumentan que hay falta de restricciones existentes en los vuelos domésticos en comparación con los controles internacionales.

¿Cuándo se estaría enviando esta información y qué documentos incluiría?

El texto señala que las aerolíneas deberán enviar información de la identidad de los pasajeros una vez finalizado el embarque de cada vuelo. De esta manera, se considerarán todos los pasajeros que efectivamente están en un determinado vuelo, incluyendo personas que se suben a último minuto.

Sin embargo, queda en incertidumbre la real capacidad de acción de las autoridades y la burocracia del sistema antes de la salida del vuelo. No obstante, suponiendo una respuesta rápida de las autoridades, la facilitación de la información podría favorecer para detener personas al bajar del avión.

La información de identidad de las personas que las aerolíneas se deberá presentar a la Policía de Investigaciones de Chile (PDI), a Carabineros de Chile y al Ministerio Público. Los documentos que se pedirán será la Información Anticipada de Pasajeros o API (Advance Passenger Information), el Registro de Nombres de Pasajeros o PNR (Passenger Name Record). También se solicitarán los documentos que hace referencia el artículo 90 de Ley 21.610, según fuera el caso.

Además, los parlamentarios mencionan que la implementación de los controles biométricos permitirá el cruce automático de la información y la generación de alertas tempranas. No obstante, en los aeropuertos chilenos para vuelos domésticos existe una falta de tecnología para alertar de embarque con personas ordenes de captura. A diferencia de las puertas electrónicas como existen en otros aeropuertos, el control previo al filtro de seguridad y a la sala de embarque se realiza manualmente por parte del parte del personal AVSEC de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

Sin perjuicio de lo anterior, las empresas aéreas que movilicen pasajeros estarán siempre obligados a informar, en cualquier momento y a requerimiento del Ministerio Público, las Policías o el Ministerio, sobre la identificación, lugar de embarque y destino de cada uno de los pasajeros que transporta, transportará o hubieran transportado.

Adicionalmente, se establece protocolos para la protección de los datos personales de los pasajeros. De esta manera, quedan garantizados el cumplimiento de las normativas de privacidad vigentes.